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Contratar personas con capacidades diferentes y adultos mayores.

Para ser una empresa totalmente incluyente, no se deben dejar fuera a personas con capacidades diferentes y/o adultos mayores, y aunque algunas empresas actualmente tienen dentro de su nómina a personas como las mencionadas, aún falta que más empresas sean más incluyentes y empáticas ante esta situación. Es válido y común hacerse ciertas preguntas como por ejemplo: ¿Cómo hacerlo? ¿Por qué? ¿Qué beneficios tendría mi empresa? ¿Cuánto tengo que gastar? A continuación te daremos un poco de información al respecto, esto quizá te ayude a disipar tus dudas.

Hablando en materia legal y fiscal, el artículo 186 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, el artículo 16, apartado A, fracción X, de la Ley de Ingresos de la Federación para 2018 y el artículo 1.5 del Decreto del 26 de diciembre de 2013 establecen estímulos fiscales para los empleadores que contraten a dichas personas, siempre que se cumplan los requisitos que establecen las citadas disposiciones.
Este estímulo consiste en deducir de los ingresos acumulables, un monto equivalente al 25% del salario que sirvió de base para calcular las retenciones de ISR, que se pague a adultos mayores. Es aplicable a las personas físicas y morales que contraten a personas de 65 años y más.
Este estímulo consiste en deducir de los ingresos un monto equivalente al 100% del impuesto sobre la renta retenido y enterado de las siguientes personas con discapacidad.
Motriz que para superarla requieran usar permanentemente:

  • Prótesis.
  • Muletas.
  • Sillas de ruedas.
  • Mental, auditiva, o de lenguaje en un 80% o más, e
  • Invidentes.

Requisitos para aplicar este estímulo:

  • Inscribir a sus trabajadores al IMSS, determinar cuotas obrero patronales.
  • Obtener el certificado de discapacidad del trabajador expedido por el IMSS con el grado de discapacidad.
  • Quienes apliquen este estímulo NO podrán aplicar el estímulo fiscal de la deducción adicional de 25% del salario efectivamente pagado a las personas con discapacidad y adultos mayores.

Puedes tener mayor información en la página del SAT también puedes consultarlo con tu contador.

En el caso de personas con capacidades diferentes, debemos tener presente que si bien se les puede complicar realizar algunas cosas, también son muy capaces de trabajar muy bien, de realizar diversas actividades. Quizá suponga un gasto para tu empresa adaptar las instalaciones, pero créeme que valdrá la pena. Respecto a los adultos mayores, muchos de ellos aún se quieren sentir productivos, útiles, y lo son (no los subestimemos)
Es muy importante tener en cuenta algo que es muy real; no todas los tipos de discapacidades requieren que modifiques la infraestructura de tu empresa, así que esto no supondría un gasto extra.
El ambiente laboral sería inclusivo.
El contratar a personas con alguna discapacidad o adultos mayores, además de los beneficios fiscales, también hablaría muy bien de tu empresa ¿Quién vería mal estas contrataciones? Al contrario, tus clientes se darían cuenta que te importan las personas, que eres incluyente y no tiene prejuicios, vamos, una “empresa humana” con altos valores.
Habría disminución del ausentismo, pues al no existir muchas empresas que contraten este tipo de perfiles, evidentemente no hay muchas oportunidades de empleo para estas personas, por ende, cuidarán mucho su trabajo.

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